miércoles, 17 de febrero de 2016

Proyecto: “Conservación para la Paz”
Fortaleciendo las capacidades para la Paz
de los Regidores (as) y Autoridades Comunales
Autores: Nancy Bahamonde Quinteros y Giselle Huamaní Ober
Coordinación: Ursula Arenas y Claudia Benavides
Fotografía de portada: Nathaly Chumbe/SPDA
Diseño e impresión: NEGRAPATA SAC
Jr. Suecia 1470, Urb. San Rafael - Lima 01

Proyecto “Conservación para la Paz”
Dirección: Silvana Baldovino
Sub-Dirección: Claudia Benavides
Oficial de Monitoreo y Evaluación: Claudia Godfrey
Coordinación Regional: Martín Vásquez
Especialista en transformación de conflictos: Giselle Huamaní Ober
Equipo técnico: Fernando Arévalo, Sarita Castromonte, Nathaly Chumbe,
Janeth Machuca
Administración: Laura Araujo

© Sociedad Peruana de Derecho Ambiental
Presidente: Jorge Caillaux
Director ejecutivo: Pedro Solano
Prolongación Arenales 437, San Isidro, Lima
Teléfono: (+511) 612-4700
www.spda.org.pe

USAID
Prolongación Primavera (Angamos Este) 543, Oficina 302
San Borja, Lima - Perú




El proyecto “Conservación para la Paz” tiene como objetivo principal la prevención y transformación de conflictos alrededor del uso de los recursos naturales, a escala local, en las comunidades campesinas y nativas que se encuentran en la zona adyacente del Área de Conservación Regional Alto Nanay Pintuyacu Chambira y la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional Allpahuayo Mishana en el departamento de Loreto. Asimismo el proyecto busca llamar la atención sobre la importancia de mapear y monitorear los conflictos socio ambientales a escala local. La SPDA logrará este objetivo mediante el fortalecimiento de la gobernanza ambiental y la institucionalización de espacios de diálogo participativos para mejorar la gestión de los recursos naturales y los procesos de transformación de conflictos, promoviendo nuevas formas de relacionamiento entre instituciones y usuarios.






Todos los derechos reservados de acuerdo al D. Leg. 822 (Ley sobre Derechos de
Autor). Prohibida su reproducción sin autorización previa de los autores.



CONTENIDO
FORTALECIMIENTO LAS CAPACIDADES PARA LA PAZ DE LOS
REGIDORES (AS) MUNICIPALES Y AUTORIDADES COMUNALES


Presentación

Capítulo I. Funciones y Atribuciones de los regidores (as)

4
1. Importancia de las funciones normativa, fiscalizadora y de vínculo comunicativo con la población.
6
2. Principios que orientan las funciones de los regidores (as).
8
3. ¿Cuál es el rol de los Regidores en la Gestión Ambiental Local?
9
4. La Función Fiscalizadora de los Regidores en el Sistema de Gestión    Ambiental Local.
13
5.  La Comisión Ambiental Municipal.
14

Capítulo II. La Prevención y Transformación de conflictos en el Perú

1.  Los Conflictos Sociales en el Perú
16
2. ¿Cómo se abordan los conflictos sociales en nuestro país?
17
3. ¿Qué es el Sistema Nacional de Prevención de Conflictos Sociales?
19
4. ¿Quiénes son los actores que intervienen en el proceso de prevención de conflictos?
20
5. ¿Cómo operan las Redes del Programa de Alerta Temprana para la Prevención de Conflictos?
21

Capítulo III. Mecanismos y estrategias para potenciar los roles en la prevención de conflictos

 1. ¿Qué es un Conflicto?
23
2.  ¿Cómo podemos comprender qué está pasando en el conflicto?
26
3. ¿Cuáles son los enfoques para la intervención de los conflictos?
32
4. Planeamiento, ejecución y cuidado de las condiciones del Proceso
38






Estimada(o) participante:
 




Le damos la más cordial bienvenida al manual de capacitación para Regidores (as) y Autoridades Comunales, componente del proyecto “Conservación para la Paz, financiado por USAID y desarrollado por la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental-SPDA.
Juntos, aprenderemos a trabajar por la Paz, es decir, seremos personas que apoyaremos a que nuestros colegas, vecinos, amigos, familiares y otros, puedan comprenderse más y mejor. Esta tarea no es nueva ¿Cuántas veces hemos hablado con dos hijos o hermanos disgustados buscando que se entiendan y hagan las paces?, seguro que muchas veces, ahora con esta oportunidad podremos aprender más formas de “hacer las paces”.
Este proyecto, del que ya somos parte y en el que trabaremos en equipo nos ayudará a aprender sobre los conflictos y la violencia. El conflicto, que muchas veces es visto como pelea, sucede siempre en nuestras vidas y, aunque no se crea, nos da la oportunidad de darnos cuenta qué hacemos mal (lo que causó el conflicto) y nos invita a cambiar y a ser mejores. Aprender a ver esas oportunidades y no quedarnos atrapados en el desacuerdo es uno de los principales ejercicios que practicaremos en el taller.
La violencia por otro lado, aprendemos que es distinto al conflicto, la violencia sí la podemos evitar, ya que pone en peligro a las personas, a las propiedades y a nosotros mismos. Aprenderemos a ayudar a evitar que nosotros u otras personas lleguemos a usar este recurso. Nada vale tanto como nuestra integridad o la de nuestros semejantes.
Durante nuestra formación como Regidores (as) y Autoridades Comunales y nosotros con nuestras manos y nuestras voces construiremos puentes, de diálogo y entendimiento, que permitan que dos o más actores en conflicto, hablen, se entiendan y hagan las paces.
Esperamos que este material sea una eficiente ayuda a su formación como líder para la paz y se afiance la construcción de paz en su localidad. Esta tarea le permitirá transformarse como persona y mejorarse a sí mismo y a su comunidad.




FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
DE LOS REGIDORES (AS)


CAPITULO I
 





El artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que la estructura orgánica de gobierno local la conforma el Concejo Municipal, como órgano normativo y fiscalizador, y la Alcaldía, como órgano ejecutivo. Por otro lado, el último párrafo del artículo 5º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que el Concejo Municipal ejerce funciones normativas y fiscalizadoras,[1] pero también funciones articuladoras y comunicativas entre el gobierno municipal y la población. Estos aspectos son fundamentales para promover la prevención de conflictos socioambientales.
      Art 10º LOM






Ley Orgánica de Municipalidades


Atribuciones y obligaciones de los regidores (as) Artículo 10º


(10-1)
Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos.


(10-2)
Formular pedidos y mociones de orden del día.


(10-4)
Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal.


(10-5)
Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el Concejo Municipal.


(10-6)
Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al Concejo Municipal y proponer la solución de problemas.



Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del alcalde.

… Entre otros derechos, los regidores por delegación pueden integrar el Consejo de Coordinación Local Provincial y Distrital
Derecho de los Regidores
1. Importancia de las funciones normativa, fiscalizadora y de  vínculo comunicativo con la población
Proponer proyectos de ordenanzas y acuerdos

Las ordenanzas: son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las demás materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Los proyectos de ordenanzas presentados por los regidores previamente deben ser discutidas en las comisiones de regidores respectivas y una vez aprobadas deben elevarse a la sesión de concejo para su debate, la aprobación en esta instancia debe efectuarse de acuerdo a lo establecido en los artículos 9º, 40º y 44º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972
Los acuerdos: son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional. Se adoptan o se aprueban por mayoría calificada o mayoría simple. El alcalde tiene voto dirimente en caso de empate.

Formular pedidos y mociones de orden del día:


Los pedidos, son proposiciones mediante los cuales los regidores ejercen su derecho de pedir la información que consideren necesaria a los funcionarios de la administración municipal; a efectos de lograr el esclarecimiento de temas o hechos y tener mayores elementos de juicio para tomar decisiones adecuadas en el ejercicio de sus funciones o para  los efectos de fiscalización.
Las mociones de orden del día, son proposiciones mediante las cuales los regidores ejercen su derecho a pedir al Concejo Municipal, que adopte decisiones sobre asuntos importantes para los intereses de la municipalidad o de la comunidad. Deben ser presentados por escrito con la debida fundamentación.

Desempeñar funciones de fiscalización de la gestión municipal

Función que debe manifestarse por su labor de control, evaluación y seguimiento de los planes y proyectos de desarrollo local, del presupuesto participativo anual y de la ejecución de obras, de los servicios públicos locales y la labor de las empresas municipales; en general, ejercen funciones de fiscalización sobre el cumplimiento de normas que apruebe el Concejo Municipal. Así como el adecuado funcionamiento de las unidades orgánicas administrativas, además pueden solicitar la rendición de cuentas, reportes periódicos, notas informativas en cada sesión de concejo de cómo se va avanzando con ese presupuesto, entre otros.

Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones ordinarias y especiales que determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el concejo municipal


Las comisiones de regidores son órganos consultivos del Concejo Municipal que tiene como objetivo efectuar los estudios, formular propuestas, proyectos y emitir dictámenes sobre asuntos de su competencia o las que el Concejo les encargue. Las comisiones ordinarias de regidores se conforman en la primera sesión ordinaria del año fiscal por acuerdo de Concejo en el cual se asignan los cargos correspondientes y son elegidos por el periodo de un año.
Las comisiones especiales de regidores deben constituirse por Acuerdo del Concejo y son para asuntos específicos que no corresponden a ninguna de las comisiones ordinarias o que por su importancia o gravedad así lo requieran. El Acuerdo de Concejo que constituye la Comisión Especial determinará con precisión el encargo, su constitución, presidente y vicepresidente y de los demás miembros, indicando el plazo asignado para la ejecución de la labor.

Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al Concejo Municipal y proponer la solución de problemas y necesidades

Convirtiéndose en intercomunicadores válidos de lo que el conjunto de familias de su territorio desea obtener. Hay que precisar que esta función no limita su función fiscalizadora.

Desempeñar por delegación las atribuciones políticas del alcalde


El regidor designado por el alcalde para asumir sus funciones políticas de este debe realizarlo a través de una resolución de alcaldía que lo autoriza para tal efecto de algunas funciones delegadas por el titular cuando no puede estar presente o ausente por diversos motivos, sin embargo, hay que tener presente que se delega la ejecución pero no la autoridad

…Entre otros derechos,
los regidores por delegación pueden integrar el Consejo de Coordinación Local Provincial y Distrital

(Arts. 98º y 102° - Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972) El Consejo de Coordinación Local Provincial es un órgano de coordinación y concertación de las municipalidades provinciales. Está integrado por el alcalde provincial que lo preside, pudiendo delegar tal función en el teniente alcalde, y los regidores provinciales; por los alcaldes distritales de la respectiva jurisdicción provincial y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, profesionales, universidades, juntas. En el caso de las municipalidades distritales está integrado por el alcalde distrital que lo preside, pudiendo delegar tal función en el teniente alcalde, y los regidores distritales; por los alcaldes de centros poblados de la respectiva jurisdicción distrital y por los representantes de las organizaciones sociales de base, comunidades campesinas y nativas, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel distrital.

2. Principios que orientan las funciones de los regidores(as)
1

El cumplimiento de todas estas recomendaciones y otras a sugerir, les permitirá a los regidores (as) ganar legitimidad social pues facilita una relación armoniosa con la población basada en el reconocimiento de la ética en el ejercicio de la gestión pública.
Conflicto de intereses: comprometerse a no participar profesional o personalmente, en actividades que afecten a la gestión municipal.
2
Influencia basada en el cargo: no hacer uso de su posición y cargo político para recomendar y beneficiar a amigos o parientes.
3
Viajes al exterior o interior del país: no viajar al exterior con recursos públicos; excepto cuando haya resultados verificables y cuando el Concejo Municipal lo apruebe.
4
Recepciones, celebraciones y fiestas en la municipalidad: no consumir bebidas ni alimentos a cuenta del presupuesto de la municipalidad.
5
Regalos y otras dádivas: no aceptar, en su condición de servidores públicos, regalos, regalías, o dádivas de ningún tipo o valor, provenientes del sector privado, ni de otras instituciones públicas.
6
Cumplimiento de sus obligaciones: los regidores(as) deben ejercer efectivamente las funciones establecidas en la legislación municipal, y las demás normas municipales vigentes.
[2] GUÍA ESPECÍFICA PARA REGIDORES(AS) “Mejorando el proceso de rendición de cuentas con nuestra gente“PRODES

3. ¿Cuál es el rol de los Regidores en la Gestión Ambiental?
El cuidado del ambiente representa en la actualidad un tema de agenda mundial que propone que cada país elabore, sus planes y programas  de  desarrollo tomando en cuenta el modelo de desarrollo  sostenible  que considera  equilibrar los  tres aspectos estratégicos como son lo  económico, social y ambiental, convocando el compromiso de la población, la empresa y el estado en todos sus niveles.    
La gestión ambiental tiene carácter transectorial y está cargo de los Ministerios o los organismos fiscalizadores, de los sectores correspondientes a las actividades que desarrollan las empresas sin perjuicio de las atribuciones de los Gobiernos Regionales y Locales –quienes consultan entre si- con el fin de armonizar sus políticas, evitar conflictos o vacíos de competencia.

Sociedad civil

Sistema de Gestión Local

                                                                                                             Fuente: Elaboración Nancy Bahamonde

La gestión ambiental debe estar articulada al:
¿Cómo debe diseñarse un Sistema Local de Gestión Ambiental?
(Ley Nº 28245 – Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental, Artículo 24, Ley Nº 27972 -  LOM, artículo 73)
A través de la creación de una Comisión Ambiental Municipal, instancia encargada  de la coordinación y la concertación de la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores locales. Está compuesta por aquellos actores del nivel local tanto del sector público, como del sector privado y la sociedad civil.
Son creadas y/o reconocidas por ordenanzas, las cuales establecen su composición y funciones. La Comisión Ambiental Municipal articula las Políticas Ambientales Locales con las CAR y el MINAM (Ley Nº 28245 – Ley Marco del Sistema de Gestión Ambiental. (08-06-04) artículo 25 y Decreto Legislativo 1013, Ley de Creación y Organización y Funciones del ministerio del Ambiente 17, 17.2)

La Comisión Ambiental Municipal, se crea a través de Ordenanza, basada en las Políticas Ambientales Municipales, Regionales y las de Ministerio de ambiente. Debe contener su composición y funciones
 
Esta instancia deberá abocarse en principio a la elaboración participativa de un Diagnóstico Ambiental Local, que sirva como insumo para la Política Ambiental Local y el Plan de Acción Ambiental Local concertado, y que se complementará con la Agenda Ambiental Local.
 








Funciones de la Comisión Ambiental Municipal














Concertar la política ambiental local para la implementación del SLGA
Construir participativamente el PAAL que serán aprobados por la Municipalidad
Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes en base a una visión compartida
Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de políticas ambientales
Facilitar el tratamiento apropiados para la resolución de conflictos ambientales.
Participación y representación en la instancia regional
Promover diversos mecanismos de participación de la sociedad civil en la gestión ambiental

4. La Función Fiscalizadora de los Regidores en el Sistema de Gestión Ambiental Local

Este rol de fiscalización impulsa y respalda la participación activa de la población en la vigilancia de los acuerdos y compromisos de los diferentes actores que intervienen en programas municipales, para orientar las políticas municipales con equidad y sin exclusión.

Es indispensable que los regidores (as) tengan apertura a las iniciativas ciudadanas, se ganen la confianza y la colaboración de las organizaciones sociales para elaborar las normas de manera concertada.

También les corresponde acercarse a su población para conocer sus necesidades, canalizarlas al gobierno local y motivar su participación en los procesos de fiscalización de la normatividad ambiental.

El rol de fiscalización de los regidores (as) en el proceso de construcción de un Sistema de Gestión Local Ambiental debe centrarse en tres aspectos:

Garantizar el cumplimiento de las funciones ambientales del Gobierno Local que impacta en el mejoramiento de la calidad de vida de la población

Implica vigilar que las Funciones Ambientales de los Gobiernos Locales se basen en el Desarrollo Sostenible, Defensa y Protección del Medio ambiente para beneficiar de manera directa a la población de la provincia, distrito o Centro Poblado.
Garantizar la participación de la población en la construcción de un Sistema Ambiental Municipal para la preservación del medio ambiente


Implica acercarse a su población para conocer sus necesidades, canalizarlas al gobierno local y motivar su participación en los procesos de fiscalización de la normatividad ambiental a través de alianzas estratégicas con los Ministerios, Organismos de Regulación Ambiental, Gobierno Regional ente otros.
Garantizar la incorporación de recomendaciones de las iniciativas ciudadanas, plasmada en una iniciativa de Ordenanza que crea la Comisión Ambiental Municipal, elevarla a Sesión de Concejo como estrategia para la  prevención de conflictos socioambientales
Implica asegurarse que exista coordinación y la concertación de la política ambiental local, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores locales del nivel local tanto del sector público, como del sector privado y la sociedad civil que permita la elaboración participativa de un Diagnóstico Ambiental Local, que sirva como insumo para la Política Ambiental Local y el Plan de Acción Ambiental Local concertado, y que se complementará con la Agenda Ambiental Local como instrumentos valiosos para la implementación de la Comisión Ambiental Municipal

5. La Comisión Ambiental Municipal
Los Gobiernos Regionales y Locales ejercen competencias compartidas en materia de evaluación y regulación de actividades económicas y productivas dentro de su ámbito jurisdiccional y en la medida que haya operado una transferencia efectiva de competencias, recursos y capacidades, también ejercen competencias específicas para controlar y supervisar el cumplimiento de las normas, contratos, proyectos y estudios en materia ambiental así como sobre el uso racional de los recursos naturales, en su respectiva jurisdicción.
Los Gobiernos Locales ejercen funciones ambientales en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales, sectoriales y regionales, en el marco de los principios de la gestión ambiental. Deben implementar el sistema local de gestión ambiental, sobre la base de los órganos que desempeñan diversas funciones ambientales que atraviesan el Gobierno Local y con la participación de la sociedad civil.
Deben Coordinar con los diversos niveles de gobierno nacional, sectorial y regional, la correcta aplicación local de los instrumentos  de planeamiento y de gestión ambiental, en el marco del Sistema Nacional y Regional de Gestión Ambiental integrando a las entidades públicas y privadas que desempeñan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, así como a la sociedad civil.
Además de las competencias básicas, tienen a su cargo aquellas relacionadas con la promoción de la gestión sostenible de los recursos naturales: suelo, agua, flora, fauna, biodiversidad, con la finalidad de integrar la lucha contra la degradación ambiental con la lucha contra la pobreza y la generación de empleo; en el marco de los planes de desarrollo concertado (artículos 139 al 141 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades)
Participan, apoyan y aprueban mediante ordenanza municipal la creación de Comisiones Ambientales Municipales en el cumplimiento de sus funciones como instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental municipal, que promueva el diálogo y el acuerdo entre los sectores público y privado. En la Ordenanza Municipal debe establecerse su ámbito, funciones y composición.
Flujograma para la creación de la Comisión Ambiental Municipal 















LA PREVENCION Y TRANSFORMACION DE LOS CONFLICTOS EN EL PERU


CAPITULO II
 






1. Los conflictos sociales en el Perú

Coyuntura Política
En nuestro país los conflictos sociales son una problemática recurrente y están asociados con distintos tipos de demandas sociales. La mayor parte de ellas tienen que ver con cuestiones socioambientales.

Arrojo de relave minero a los ríos, descarga petrolera, desertificación de suelo, destrucción de bosques amazónicos.
 Fuente: Elaboración Nancy Bahamonde

El uso y aprovechamiento del agua es la causa de enfrentamientos entre sectores de la sociedad y entre estos y el Estado o las empresas. Por ello, es necesario involucrar a los tres niveles de gobierno que tienen facultades en esta materia, tanto las que desarrollan tareas de gestión pública como las de gestión de conflictos sociales.
 





2. ¿Cómo se abordan los conflictos sociales en nuestro país?
De acuerdo con el Sistema de monitoreo y alerta temprana  de la Defensoría del Pueblo, a diciembre de 2015, son 211 conflictos sociales, 145 de los cuales son  conflictos socioambientales -la mayor parte de ellos son conflictos vinculados al agua-. Existen varias instituciones que se encargan de monitorear, gestionar y mediar en los conflictos sociales.
La Defensoría del Pueblo, un órgano autónomo, que se encarga por velar por el respeto a los derechos de los ciudadanos y de velar por el efectivo cumplimiento de los deberes estatales, ha sido una de las primeras instituciones que se encargó de monitorear y enviar alertas tempranas a los organismos competentes del Estado cuando se presentaban situaciones de conflictividad.
Oficinas Especializadas en el Estado para la Gestión de Conflictos
La conflictividad que ha vivido el país se ha incrementado debido a la presión que existe sobre los recursos naturales por parte de la población, las empresas privadas y el Estado -cuyas visiones de desarrollo, aprovechamiento y gestión de los recursos entran en tensión e inclusive en enfrentamiento-. A raíz de ello, surge al interior de la Presidencia del Consejo de Ministros una oficina encargada de abordar los conflictos cuya solución depende de alguna de las distintas carteras ministeriales. Hoy a esta instancia de la PCM se le conoce como  la Oficina Nacional de Diálogo y sostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, que pertenece al Poder Ejecutivo del Estado. El Estado Peruano ha ido desarrollando sus propias instituciones para trabajar los conflictos sociales en cada uno de los Ministerios:
Sector
Institucionalidad

PCM
Fortalecimiento mediante N° 106-2012-PCM
MINEM
Oficina de Gestión Social
MINAM
La Oficina de Asesoramiento en Asuntos Socioambientales (OAAS). También se cuenta con una oficina especializada en OEFA y SENACE
MINPROD
RM 448-2012-PRODUCE Grupo para propiciar el diálogo y la cultura de paz.
MINAGRI
ANA
La Dirección General de Asuntos Ambientales DGAA Y LA Unidad de Gestión de conflictos.
Unidad de Prevención y Gestión de Conflictos (UPGC), 
MINTRAB
La Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Sociales Empresarial DPSCSE
MINTRAS
Dirección General de Asuntos Socioambientales
MININTER
La Dirección de Relaciones Comunitarias y Orden Interno-DRCOI
MINVIV
RM  076-2010-VIVIENDA  Unidad de Gestión de Conflictos Sociales.

Oficinas Especializadas en los Gobiernos Regionales para la Gestión de Conflictos
En los últimos años, los distintos Gobiernos Regionales del Perú han ido asumiendo un rol más activo en la prevención y gestión de los conflictos que se desarrollan en sus regiones, y a nivel local. Por ello, los Gobiernos Regionales son un nivel muy importante para tratar y resolver tempranamente los problemas regionales que generan conflictos. En los conflictos más agudos y complejos, los Gobiernos Regionales necesitan trabajar coordinadamente con los sectores y el Gobierno Nacional. Además, los Gobiernos Regionales también necesitan coordinar con los niveles de Gobierno local y provincial para identificar tempranamente los problemas y actuar sobre los conflictos cuando estos recién están naciendo.
Las oficinas para manejo de la conflictividad social ubicadas en algunos gobiernos regionales son:
Gobierno
Regional
Institucionalidad
Apurímac
Existe oficina (IPDC en estudio para PNUD: 2013)
Ayacucho
Existe oficina (con asesoría de GIZ)
Arequipa
Existe oficina (IPDC en estudio para PNUD: 2013)
Cusco
Dirección de Prevención y solución de conflictos (funcionando)
Huánuco
Oficina consta en el organigrama institucional
Junín
Ordenanza Regional N° 107-2011-GRJ/CR
Lambayeque
Con experiencias en abordaje de conflictos
Lima
Dirección de Prevención y Solución de Conflictos
Loreto
Existe oficina (IPDC en estudio para PNUD: 2013) OR 011-2014-GRL-CR
Moquegua
Existe oficina (IPDC en estudio para PNUD: 2013)
Pasco
Existe oficina (IPDC en estudio para PNUD: 2013)
Piura
Existe oficina (IPDC en estudio para PNUD: 2013)
Puno
Ordenanza Regional 013-2011-GRP-CRP
San Martín
RER No 739 -2014-GRSM/PGR
Tacna
Existe oficina (IPDC en estudio para PNUD: 2013)

3. ¿Qué es el Sistema Nacional de Prevención de Conflictos Sociales?
El sistema se propone  articular información oportuna de la mano con los funcionarios e instituciones del Estado y la sociedad civil. Esa tarea cumplida nos da como resultado un Sistema de Alertas tempranas.
Posteriormente  se puede desarrollar políticas y estrategias para abordar el conflicto en cuestión, logrando que el Estado haga suya una forma regular de situarse y actuar frente a los conflictos sociales.
Veamos cómo funciona:


La Red institucional creada por el Gobierno Nacional a través de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y la Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad (ONDS), articula las diferentes instancias y niveles de gobierno, afirmando la presencia del Estado en todos sus niveles, generar una “cultura orientada hacia la prevención” que aborda las causas que generan los conflictos, y busca conectar las políticas públicas de los diferentes sectores, agencias e instituciones para atender las demandas de los ciudadanos como una herramienta clave para el fortalecimiento del sistema democrático y la gobernabilidad del país.


4. ¿Quiénes son los actores que intervienen en el proceso de prevención de conflictos?
Ellos son parte de lo que la ONDS identifica como el primer nivel de cercanía a la población, y de capacidad resolutiva.
El segundo nivel tiene que ver con las instituciones civiles y del Estado que realizan un monitoreo y registro de las situaciones de conflicto, de modo que alertan a los órganos ejecutores con facultad para resolver determinada situación conflictiva.


5. ¿Cómo operan las Redes del Programa de Alerta Temprana para la Prevención de Conflictos?
Aunque el Sistema Nacional de Prevención de Conflictos está en proyecto y en proceso de desarrollo y maduración, las instituciones públicas y organizaciones sociales, privadas, redes, etc. se articulan formal e informalmente, para lograr una acción articulada para el manejo del conflicto.  Tenemos los siguientes niveles de acción:

Los actores de primer y segundo nivel identifican y analizan los conflictos en las diferentes zonas del País, los mismos que al ser reportados, deben ser analizados para aplicar la estrategia preventiva en coordinación de los tres niveles de gobierno.


¿Por qué es importante la actuación en conflictos?
A pesar que los impactos de los conflictos son generalmente negativos por la tensión, impactos y o acciones de fuerza que se emplean, hay muchos beneficios de actuar sobre los conflictos si actúa de manera pacífica, responsable y sobre todo de forma temprana porque nos permite convertirlos en una oportunidad de cambio social:
¿Qué avances existe en nuestro país en la prevención y gestión de los conflictos?

En los últimos 10 años, los peruanos nos hemos dado cuenta que todos necesitamos aportar a la cultura de paz, a fin de que los problemas de desarrollo y las necesidades de la población sean satisfechas de una manera pacífica y democrática.




[1] Revista Actualidad Gubernamental N° 45 - Julio 2012